Algunos cambios sociales en los últimos años han hecho que cada vez más se tenga que recurrir a técnicas de reproducción asistida con semen de donante. ¿Pero cuáles son los requisitos para poder donar semen? Te lo contamos todo en este artículo.
El incremento de la edad materna para tener el primer hijo y la aparición de nuevos modelos familiares, son algunos de estos cambios. Por eso, en Conceptum Fertilidad te contamos cómo de rigurosos son estos criterios de selección de donantes de semen para ofrecer a nuestras pacientes los mejores resultados en su proyecto reproductivo.
Donación de semen: ¿qué es y en qué consiste?
La donación de semen es un acto altruista, secreto y anónimo, económicamente compensado con arreglo a la normativa vigente, destinada a que los espermatozoides que se obtengan de la donación puedan ser utilizados en técnicas de reproducción asistida que se realizarán a mujeres que lo necesiten, siempre que dichas técnicas se encuentren científica y clínicamente indicados. Su finalidad es permitir el tratamiento de parejas en las que el varón tenga muy baja calidad seminal o riesgo de transmisión de algún defecto genético, o de mujeres sin pareja masculina que desean una gestación.
La muestra debe obtenerse por masturbación y se recoge en un recipiente estéril, tras 3-5 días de abstinencia sexual y en condiciones de asepsia.
Requisitos generales para poder ser donante de semen
Los donantes deberán tener más de 18 años (y no superar los 50 años), buen estado de salud psicofísica y plena capacidad de obrar. Su estado psicofísico deberá cumplir las exigencias de un protocolo obligatorio de estudio de los donantes que incluirá sus características fenotípicas y psicológicas, así como las condiciones clínicas y determinaciones analíticas necesarias para demostrar, de forma razonable y según el estado de los conocimientos de la ciencia y de la técnica existentes en el momento de su realización, que no padecen enfermedades genéticas, hereditarias o infecciosas transmisibles a la descendencia.
Admisión del donante por el Centro. Sometimiento a estudios previos.
Los donantes se someterán a un reconocimiento médico, con inclusión en el historial de sus antecedentes personales y familiares, que comprenderá un examen físico y psicológico en el que se realizarán los estudios previstos legalmente que, en todo caso y como mínimo, incluyen las siguientes pruebas: Grupo Sanguíneo, Factor Rh, VDRL o prueba similar para detectar la sífilis, serología de hepatitis, detección de marcadores de VIH, estudio clínico para la detección de fases clínicas infectivas de toxoplasmosis, rubéola, herpes virus y citomegalovirus, y estudio clínico para la detección de Neisseria Gonorrhoeae y Chlamydia Trachomatis, así́ como un estudio de cariotipo.
Varias de estas pruebas tendrán que realizarse cada seis meses cuando el intervalo entre donaciones de semen sea mayor. Antes de cada donación, los donantes deberán declarar si han realizado otras donaciones no conocidas por el Centro, así como las condiciones de estas.
Compensación económica resarcitoria por los gastos y molestias (si procede)
Sin perjuicio de la condición altruista y no lucrativa de la donación de semen, los donantes serán compensados estrictamente por las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales que, en su caso, pudieran derivarse de la donación, sin que esta compensación pueda suponer un incentivo económico.
Aspectos legales a tener en cuenta en la donación de semen
La elección de los donantes sólo puede realizarse por el equipo médico que aplica la técnica, y en ningún caso a petición de la receptora o la pareja. No obstante, en todo caso el equipo médico deberá procurar la mayor similitud fenotípica e inmunológica posible con la mujer receptora. El número máximo autorizado de hijos nacidos en España que hubieran sido generados con gametos de un mismo donante no deberá ser nunca superior a seis. A los efectos del mantenimiento efectivo de este límite, los donantes deberán declarar en cada donación si han realizado otras previas, así como las condiciones de éstas, e indicar el momento y el centro en el que se hubieran realizado dichas donaciones.
En todo caso, los centros autorizados podrán rechazar la donación cuando las condiciones psicofísicas del donante no sean las adecuadas. En el supuesto de que un donante no fuera aceptado como tal, tendrá derecho a conocer las razones que motivan su exclusión, garantizándose la confidencialidad y privacidad de la información.
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